Conocida
la Resolución N° 261-2013 de CONAFU por la cual se resuelve no reconocer a los
tres miembros de la comisión organizadora de la UNACH, no faltaron quienes
aprovecharon de esta circunstancia para lanzar sus dardos venenosos o exhibir
su risita mefistofélica o mostrar una alegría recóndita porque se frustre la
universidad. Y no faltaron titulares y noticias ambiguas de ciertos medios
locales y la malignidad de periodistas desavisados.
Es
preciso señalar que una vez otorgada la resolución de funcionamiento
provisional, la designación de los miembros de la comisión organizadora de una
universidad pública, ya no corresponde al Ministerio de Educación, sino a la
propia CONAFU. Para ello los miembros de la comisión organizadora deben reunir
los requisitos que establece la Ley Universitaria para los cargos de rector y
vicerrector (equivalentes al de presidente, vicepresidente académico y
vicepresidente administrativo de la comisión organizadora).
Conforme
a la ley universitaria los requisitos para los cargos de rector y vicerrector
básicamente son: ser profesor principal con no menos de doce años de docencia
universitaria y tener grado académico de
doctor [arts. 34, inc. b) y c) y 36 de la Ley 23733]. Se entiende que los
miembros de la comisión organizadora luego de la autorización de funcionamiento
deben reunir tales requisitos. Por ello, el no reconocimiento de los miembros
de la comisión está dentro de la normatividad y no frustra de modo alguno la
continuidad de la UNACH.
Al
cierre de esta edición se tiene conocimiento de la designación de los nuevos
miembros de la comisión organizadora de la UNACH, presidida por el doctor
Eduardo Torres Carranza, con lo cual se prosigue el camino para la
consolidación de este proyecto y no se frustra el sueño de los chotanos como
algunos malintencionados aún lo desean.
Amor y Llaga N° 488
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