Contrariando las ejecutorias de la Corte Suprema de la República y el Acuerdo Plenario Nacional N° 1-2009/CJ-116 (13 nov. 2009), que precisa los fundamentos jurídicos y los principios jurisprudenciales que deben ser aplicados por los jueces de todas las instancias en los procesos contra ronderos, ciertos magistrados judiciales, con actitud torpe y evidente desconocimiento de la realidad social, condenan a los ronderos con penas arbitrarias, como es el caso del dirigente rondero de la provincia de Santa Cruz, Estanislao Quispe Mego, procesado por el delito de usurpación de funciones.
Esa actitud obtusa y cerril nos indica que existen jueces empeñados en exacerbar el enfrentamiento entre el Poder Judicial y las Rondas Campesinas, pese a que incluso Cajamarca fue sede del II Congreso Internacional sobre Justicia Intercultural en Comunidades Andinas y Rondas Campesinas, realizado del 8-10 de diciembre del 2010; certamen de suma importancia que en sí fue un reconocimiento por parte del Poder Judicial a la legitimidad y autonomía de las rondas campesinas para administrar justicia.
La movilización campesina que las organizaciones ronderas de Chota, Cutervo, Santa Cruz y Hualgayoc-Bambamarca convocada para el nueve de agosto, en protesta contra ciertos jueces y fiscales y en solidaridad con el dirigente rondero arbitrariamente sentenciado, es ilustrativa que aún el Estado no comprende el rol que desempeñaron las rondas campesinas contra la delincuencia y el crimen, males sociales que ante la inoperancia de los gobiernos hoy se han incrementado y asolan las ciudades.
Amor y Llaga N° 421
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